Para saber lo que te retendrá hacienda, hay que saber como has obtenido el dinero - intereses, dividendos, rendimientos de trabajo, rendimientos de capital inmobiliario, etc. y en que concepto lo vas a traer a España.
Si es rendimiento del capital mobiliario, hacienda te retendrá en función de la ganancia obtenida -
El 21 % de la ganancia patrimonial obtenida hasta 6.000 euros
El 24% de la ganancia patrimonial entre 6.000 y 24.000 euros y
El 27% de la ganancia patrimonial que supere los 24.000 euros (según la nueva normativa en vigor desde 1-1-12 aplicable a los ejercicio 2012 y 2013).
El tema de la comisión bancaria depende del banco de allí y lo que pactes con ellos.
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