Embargo por impago de ibi

Soy de Espartinas (Sevilla) y tengo un pequeño gran problema.
Me ha llegado un recibo del banco por una orden de embargo de 1284 por el impago de 6 recibos del IBI correspondientes a dos viviendas desde el año 2007.
De esas dos viviendas solamente soy el propietario de una de ellas, comprada en el 2006 totalmente nueva, la otra al parecer ha habido algún tipo de error en el catastro y me la han adjudicado a mi. Puse un recurso en el catastro para solucionar y ese tema y me lo han aceptado, por lo que ese tema esta solucionado.
El problema viene a continuación. Me dijeron que para el tema del embargo debía ir a la oficina de la diputación con la respuesta del recurso que me habían dado en el catastro.
En la diputación me informan que el embargo ya sea había echo efectivo y publicado en el BOP por lo que no se podía hacer nada solamente recurrirlo y esperar respuesta. Pregunte sino debían de haber mandado algún tipo de notificación, tanto del embargo como los recibos del IBI y me dijeron que lo habían mandado pero resulta que la diputación coge las direcciones del catastro y allí mi dirección aparecía erróneamente, tenían la que asignan a las parcelas antes de darles nombres a las calles.
Me he informado un poco y me enterado que al comprar una vivienda nueva la administración debe enviarme el primer recibo del IBI así como la información catastral de la vivienda, no sé si eso es así. Ademas he encontrado un articulo (Art. 170.3 de la ley 58/2003) que dice que una de las causas del levantamiento de un embargo es la "falta de notificación de la providencia de apremio".
Bueno este es el caso, por favor necesito ayuda con urgencia, ¿qué debo hacer? ¿Tenéis algún tipo de modelo del recurso a presentar?

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Tienes razón que se producirá el levantamiento del embargo por falta de notificación en tiempo o forma de la providencia de apremio.
No obstante la administración reitera que esas notificaciones te las han mandado, pero al parecer a una dirección errónea.
La pregunta es:
Ese fallo en la dirección de tu domicilio fiscal es atribuible a la administración. Te lo digo por que si ese fallo es de la administración podrías hacer algo mediante recurso, Por el contrario si no es fallo de la administración ( ojo que no digo que sea culpa tuya sino que la culpa la tenga cualquier otra persona que no sea la administración) el embargo se ejecutara.
Según la diputación, me informaron que la dirección la cogen del catastro y allí es donde estaba mal la dirección. Bueno realmente no estaba mal, sino que aparecía la dirección antes de asignar las calles (aparecía PL SECTOR 11, 001 U ESC.1 PTA.16 cuando realmente es UR. NOVOESPARTINAS, ESC.1 PL.00 PTA.16).
Entonces debes investigar en correos. Y preguntarles por que no han llegado esas notificaciones. Por que el mero hecho de que no exista calle no significa que no lleguen las cartas, por que si existe finca.
Muchas gracias, por todo, una ultima cosa, he redactado un recurso para presentarlo, ¿seria posible que le echaras un vistazo? ¿Te lo puedo mandar a alguna dirección de email?
Un saludo y gracias de nuevo.
Hola que tal, te he mandado un email a la dirección que me diste con el recurso y la documentación que aporto. Si ves algo raro o mal en el recurso y quieres modificarlo hazlo por favor
Muchas gracias por tu ayuda, un saludo.
Ya te lo conteste. Finaliza y puntúa
Muchísimas gracias por todo, has sido muy amable.
Soy informático, si alguna vez te puedo ayudar en algo no dudes en preguntarme.
Un saludo, gracias

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