Exencion por reinversion

En el 2003 me compré un piso que fue mi vivienda habitual hasta Julio del 2007, fecha en la que lo vendí.
¿Precio de venta 152.000?,
¿Precio de compra + gastos actualizado 98.000?.
Hipoteca pendiente a fecha de venta: ¿91.865? (¿De la primera hipoteca) + 40.000? (De la segunda hipoteca. Pedí una segunda hipoteca sobre el piso en el 2006 para reformarlo. Durante dos años solo pagaba intereses, por eso el capital estaba sin amortizar)
Según tengo entendido, si no reinvierto, ¿tengo qué pagar el 18% de 152.000 - 98.000 = 9.720?
Para no pagar nada, debo reinvertir la venta menos la hipoteca: ¿152.000 - 91.865 - 40.000 = 20.135? ¿Es correcto?
El 19 de mayo del 2006 me compré una casa, a la cual me mudé en el 2007 porque hicimos una modificación y ampliación de la misma antes de mudarnos.
¿Esos 20.135? Cómo los puedo reinvertir. ¿Es obligatorio reducir los pagos de la hipoteca actual de la casa? ¿O son prueba de la reinversión las facturas que tengo de los constructores por la ampliación de la casa?
Si obligatoriamente tengo que deducir la hipoteca, hasta cuándo tengo tiempo, ¿hasta el 19.05.2008 (que se cumplen dos años de la compra de la casa) o hasta julio del 2009 8que se cumplen dos años de la venta del piso?
Agradezco todos los comentarios. Gracias

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Respuesta
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Tienes que invertir el precio de compra de la primera vivienda más la ganancia patrimonial, es decir 152.000 euros.
La reinversión la puedes hacer o quitando hipoteca o como bien dices con los pagos al constructor.
El caso es que en 2 años hayas invertido los 20.135 euros de ganancia patrimonial.

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