Exención por reinversión

Hola, el 12.12.06 compré una nueva casa en la que hice algo de reforma y me mudé en mayo de este año. Este mes he vendido la que era mi vivienda habitual hasta mayo. Como he vendido después de comprar, ¿el Banco me concedió un crédito puente además de una nueva hipoteca pero me exigió cancelar los 10.000? ¿Qué me quedaban de la antigua hipoteca.En el IRPF del 2006 me deducí por el capital e intereses de la hipoteca de todo el año e incluí los 10.000? Pero no puse nada de la compra de la nueva casa. En la Declaración del año que viene ¿cómo hago para hacer bien la exención por reinversión? ¿Se incluye en algún sitio el crédito puente que se cancela este mes con la venta? ¿Incluyo los gastos de la reforma? Y por último ¿dónde sumo o resto la nueva hipoteca que me dieron en diciembre? Muchas gracias

1 Respuesta

Respuesta
1
REFORMAS: si no se ha incluido el importe pagado por estas en el precio que consta en la escritura pública de compra-venta, no se contempla como parte del precio de compra, si no como mejoras de la vivienda adquirida, y por tanto no dan derecho a deducción.
En cuanto a los 10.000 euros que has amortizado anticipadamente del préstamo que tenias de la anterior vivienda, estos sirven para el cálculo del importe a reinvertir, pues se restan del valor de venta de la vivienda habitual inicial.
EXENCIÓN POR REINVERSIÓN: hay que hacerlo constar en el apartado pertinente de la declaración de renta, ya que de lo contrario no te podrás acoger a ese beneficio.
NUEVA HIPOTECA: en principio debes realizar el cálculo de la nueva base de desgravación, léase, la suma de lo reinvertido en la compra de la nueva vivienda, menos lo que te has deducido hasta la fecha por la vivienda vendida, menos la ganancia patrimonial exenta por reinversión, esta operación te dará la base para la desgravación del 2006.
A partir de aquí y suponiendo que hayas reinvertido todo el importe procedente de la venta de la vivienda anterior, se supone que podrás deducírtela sin problemas, no obstante se deberían realizar los cálculos pertinentes.
Y respecto al crédito puente que me dio el Banco, aparte de la hipoteca, y del cual que he estado pagando intereses hasta la venta de la vivienda habitual anterior ¿qué hago?.
Muchas gracias
Respecto al principal del préstamo no hagas nada, ya que se entiende que se integra en el nuevo préstamo hipotecario, o en lo que has pagado por la nueva vivienda.
Respecto a los intereses que has pagado, los puedes integrar como gasto por la compra de la nueva vivienda.
Salud y fuerza
No te olvides de puntuar.

Añade tu respuesta

Haz clic para o

Más respuestas relacionadas