Venta o alquiler de los pisos

Una constructora que además es promotora, normalmente vende los pisos que construye, pero en este caso como ha terminado de construir el edificio y no ha vendido ningún piso, ha pensado en alquilarlos, ¿cómo lo contabilizo? Yo hasta ahora la compra de materiales lo he ido llevando a una cuenta de gastos, pero supongo que si es un edificio para alquilar debería de haber ido ya a inmovilizado, pero no sé, estoy hecho un lío.

Respuesta
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Lo que te voy a decir te va a parecer algo extraño pero es la forma de contabilizarlo

La forma de contabilizarlos lo correcto seria contabilizar compra de otros aprovisionamientos y darle el mismo tratamiento que las existencias, la constructora para alquilar los pisos los puede dejar como mercaderías por ejemplo tipo b llevarlo a inmovilizarlo no es correcto ya que es la actividad principal de la empresa

En ningún momento había pensado en poder dejarlo como existencias. Por favor, ¿me podrías decir si cuando acabamos los pisos y al ir a escriturarlos al Notario debemos de pagar el IVA de cada uno como cuando efectuamos una venta?, muchas gracias por tu anterior respuesta.

No tienes que pagar iva lo que tendrás que pagar son actos jurídicos documentados por el acta notarial, pero IVA no ya que no entiendo que exista una entrega de bienes ni prestación de servicios.

El alquiler de viviendas después estará exento de IVA

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