IVA de a un proyecto de arquitectura de obra nueva

Sería para una vivienda unifamiliar que me quiero hacer. He oído que podría ser el 10%, en vez del 21%.

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Si se refiere vd. a los honorarios de Arquitecto o Arquitecto técnico el iva será siempre del 21%.

Si se refiere vd. a los costes de construcción si actúa vd. como promotor entonces si que el iva es el reducido del 10%. Si lo hace como particular seguirá siendo el 21 %.


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Informes Periciales, Inspecciones Técnicas de Edificios (ITE), Dictámenes,
Certificaciones,
Proyectos de Rehabilitación y Reforma, Mediciones, Asesoramiento a
comunidades, Técnico de cabecera, dirección de obras, Control de Calidad y
Control económico de Obras.

Ámbitos de actuación:
Comunidad Valenciana, Aragón, Cataluña, Madrid, Castilla-La Mancha, Soria, Murcia, Córdoba, Málaga, Almería, Granada y Jaén.

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Gracias por la respuesta. Como no me expliqué bien, lo aclaro. La vivienda es para mi y la financio yo. Un arquitecto me hace el proyecto de demolición, construcción, etc, y un constructor la ejecuta.

Como la financiación esta cortita, voy a ejecutar estructura, tejados y paredes exteriores. Y según vaya habiendo mas pasta, continuarla poco a poco.

Muchas gracias por adelantado.

Salvo que se constituya vd. como sociedad promotora para promoverse la construcción de su casa (está vd. actuando como particular contratando las diferentes partidas que va a haber en su casa), y por tanto le facturarán con el 21% de I.V.A.

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