Arquitecto ayuntamiento frena licencia chalet

He ido a pedir la licencia para hacer mi chalet y el arquitecto del Ayuntamiento me obliga a varias cosas: las ventanas del sótano al no ser zona computable me obliga a ponerlas con menos del 10% de tamaño que la superficie de la habitación donde está la ventana (a lo mejor es así, no sé); también me obliga a tener que tabicar la subida a la bajo cubierta y tener que poner una puerta (va a quedar todo muy encajonado y parece que subes a un cuarto de contadores), al igual que para bajar al sótano también me obliga a tabicar en la teórica localización de la barandilla y poner puerta. Esto no sé si será legal que me lo exija pero es de lo que más injusto me parecce por ser del interior de mi casa.

Y también me obliga a quitar el tejado plano que hay encima de la puerta de entrada de la casa porque dice que por tanto es un porche y por tanto computa como la mitad de los metros y entonces me pasó 1,20 metros de 200 permitidos.

¿Ante esto puedo rebatirle de alguna forma? ¿O sólo servirá para que me retrase la concesión de la licencia?

¿Alguien puede aclararme algo?

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En teoría, la concesión de licencias es un "Acto Reglado", lo que quiere decir que el arquitecto municipal no debe exigir nada que no esté establecido así en alguna ley o norma. Hay, eso sí, lugar a la interpretación de determinados aspectos (la normativa urbanística muchas veces parece redactada por un chimpancé, aprobada por un burro y aplicada por un macho cabrío) de modo que en caso de discrepancia muchas veces la única salida es irse al Contencioso-Administrativo y pleitear durante años.

Dicho lo anterior, y con respecto a sus dudas:

- La limitación de las ventanas de sótano podría estar recogida en la normativa para evitar que se conviertan los sótanos en estancias habitables; si es así, no hay mucho que discutir. Podrá eso sí (supongo) hacer cerramientos de bloques de vidrio, por ejemplo.

- Lo de tabicar el acceso al bajo cubierta me extraña mucho; nuevamente, si la normativa lo pone no hay nada que decir, pero me extraña mucho que lo haga; solicite que le explique (por escrito preferiblemente) en que se basa para esa exigencia.

- Por contra la exigencia de tabicar y poner puerta en el acceso al sótano puede estar justificada legalmente si en ese sótano hay un garaje, por los riesgos de ese local (protección contra incendio, según el CTE, por ejemplo). Que sea el interior de su casa no significa que no deba cumplir las condiciones legales exigidas a todos.

- Sobre el tema del cómputo o no de porches y otros espacios abiertos he tenido discusiones bizantinas con algunos técnicos municipales; en un sentido y en el otro; quizá pueda optar por una pérgola (sin cubierta permanente) o con una diferencia tan pequeña pueda optar por "adelgazar" los muros del perímetro de la edificación hasta conseguir ese 1.20m² que le falta (por ejemplo en una casa cuadrada de 10x10 y dos plantas supondría que los muros tuviesen 1.5cm menos de grueso, así que es posiblemente factible)

Muchísimas gracias, lo de la subida a la bajo cubierta tendré que pelearlo porque me niego a romper la estética de la subida, que parece que voy a subir a un cuarto de contadores, muchas gracias.

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