Consulta sobre el pago de luz en un local alquilado en un centro comercial para un bar restaurante

Voy a alquilar un local en un centro comercial, para abrir un bar restaurante. Ahora bien.. Pero los que han tenido el local antes, han dado de baja la luz el ano pasado(no tiene más de un ano dada de baja la luz) y los de iberdrola han quitado el contador y sobre el fusible han puesto un precinto(aquí si que no sabemos porque han hecho esto, me imagino que por una factura que tenían sin pagar de unos 147 euros.. Eso ne han dicho cuando hemos llamado en atención del cliente de iberdrola, que tienen una factura sin pagar). Bueno.. Los de iberdrola nos están diciendo también que le esta saliendo que la luz en este local no se puede contratar y entoncer tuvimos que abrir un expediente para que se pase un técnico por el local y luego los de iberdrola ne tienen que mandar un correo ordinario para decirnos que ne hace falta para poder dar de alta la luz... Si la luz esta dada de baja y no lleva más de un ano, ¿ne pueden pedir el boletín blanco o el azul? Si ne están pidiendo estos boletines que tenemos que hacer, que requisitos hay que cumplir y cuanto tardan más o menos, porque esta semana vamos a firmar con el centro comercial el contrato y queremos ya abrir el local con día 1 de Julio... Y cuanto cuesta más o menos también queremos saber si puede ser..

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Si Iberdrola os dice que hay un impago, por desgracia no os darán suministro hasta que se pague lo que se debe y esto acaba pagándolo el nuevo titular. Es decir: vosotros.
Imagino que el expediente que habéis abierto es para que un inspector pase por el local, compruebe la instalación y os haga un informe con lo que ha visto. Si es apto, lo siguiente es que os hagan un boletín. Si no es apto, os dan un tiempo para corregir los defectos que ha detectado. Una vez los tengáis resueltos, vuelve a pasar para hacer una nueva inspección y comprobar que ya todo está correcto.
Si el local lleva menos de un año con el suministro dado de baja tan solo necesitaréis el boletín azul que os tiene que firmar un instalador autorizado después de hacer las comprobaciones pertinentes.
En cuanto al precio depende mucho de la zona geográfica en donde estéis y del electricista al que contratéis así que no os puedo decir exactamente cuánto os costaría. En Gerona los precios suelen rondar los 180 o 200 euros por hacer y firmar el boletín azul. Si el instalador tiene que corregir algo, entonces sube más.
Y si el centro comercial donde esta ubicado el local que queremos alquilar tiene 6 anos de antigüedad, ¿también me pedirán el boletín azul?
La antigüedad del centro no tiene nada que ver con la instalación. Si la instalación ha estado menos de un año dada de baja, os pedirán un boletín azul que es un certificado de instalación, es decir que en él se certifica que la instalación está correcta y que se puede poner en funcionamiento y esto es así aunque el centro comercial tenga 200 años.
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No entiendo a que se refiere con el boletín blanco o azul. Quiero imaginar que se refiere a los impresos autocopiativos del mismo boletín.
Efectivamente, el precintado del fusible se produce por una falta de pago.
SI la luz del local no se puede ocntratar, será por ese mismo motivo. Al haber un impago, puede darse de baja el contrato y necesitarse un alta nueva. Ese alta nueva necesita de la presentación del correspondiente boletín. Si el el boletín anterior no es muy antiguo y no h habido un cambio en la actividad del local, debería servir. En caso de no tenerlo, se puede solicitar una copia del mismo en la delegación de industria.
En el caso en que haya habido un cambio en la actividad o en la instalación, deberá emitirse un nuevo boletín. Al tratarse de un restaurante, está considerado como local de pública concurrencia, con lo que su tramitación exige que exista un proyecto eléctrico realizado por un ingeniero. Según el presupuesto y las características del proyecto, se establecen las tasas que hay que abinar de industria independientemente del precio por confección y tramitación del certificado por parte de un instalador autorizado.
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Normalmente las compañías eléctricas tienen conocimiento de la instalación eléctrica desde el contador para fuera.
Y ante cualquier alta, modificación o contratación de más potencia obligan a que la instalación interior del local sea revisada por la OCA. Y para que la OCA dé el visto bueno la instalación debe cumplir la normativa actual exigida para los locales de Pública Concurrencia. Esto es lo que realmente te debe importar, tu local puede necesita una reforma de la instalación eléctrica para adecuarse a la nueva normativa. Y para ello se debe realizar un Proyecto eléctrico de la reforma de la instalación y el instalador electricista debe emitir su boletín. Ambos Proyecto y boletín se presentan en la OCa, debe estar en concordancia. La OCa inspecciona, da el OK, y la compañía da de alta la luz o la ampliación de potencia.
Así es en la mayoría de los casos. Pide presupuesto a un electricista o a una ingeniería para que visiten tu local y te puedan asesorar in situ del estado de la instalación.
Espero haberte ayudado. Y no te olvides votos.
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En principio, aunque varia según las compañías eléctricas, aunque la luz lleve más o menos de un año de baja, lo que realmente importa es el certificado de instalación eléctrica de ese local esté en vigor o no tenga más de 20 años. Si es tu caso, deberá ir un electricista y certificar la instalación y con ese certificado o boletín deberás ir a tu compañía a dar el alta independientemente haya facturas pendientes con el anterior cliente ya que, tu, vas a dar un alta nueva y pagaras nuevos derechos de enganche por lo que no tienes nada que ver con el anterior.
Si por el contrario, la instalación no es vieja o supera los 20 años (informate de esto en tu compañía) o cambias el uso al que esté destinado el local, no deberás presentar nuevo certificado y podrás dar de alta sin problema la luz pagando los derechos de alta de suministro.

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