Contador eléctrico ¿Alquiler o propiedad?

Tengo un local al cual voy a solicitarle el alta de la instalación eléctrica, y entre otras cosas tengo que elegir entre adquirir un contador en propiedad o en alquiler. Me gustaría saber cuales son los pros y los contras de ambas opciones para poder elegir la más adecuada. Otra duda que me surge es si ahora con la liberalización del mercado eléctrico el precio del alquiler de los contadores va a seguir siendo regulado por el gobierno o cada empresa suministradora marcará el precio y para terminar preguntarte en el caso de que se produzca alguna avería (en un contador de propiedad) que produzca perturbaciones en la red ¿podría solicitarme la empresa distribuidora una compensación económica en concepto de daños y perjuicios?

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Tan sólo se ha liberalizado el precio de la energía (el kilowatio/hora) cualquier otro concepto incluido en la factura o por el que se pueda cobrar (incrementos de potencia, derechos de enganche, etc.) sigue regulado.
La desventaja de adquirir tú el contador es doble: en el momento de la compra te va a resultar imposible adquirirlo al precio por el que lo consigue la compañía distribuidora (que no compra uno si no cientos) y además a lo largo de su vida útil tu vas a ser la responsable de su mantenimiento.
Con relación a las perturbaciones, a la empresa distribuidora no le importa demasiado y es poco probable que te vaya a pedir daños y perjuicios (sería el primer caso del que tuviera conocimiento) porque ellos tienen el problema resuelto. En el caso de que causes tú algún problema en la red, los que sufrirán las consecuencias serán tus vecinos y cuando ellos le reclamen a la compañía (por la subida de tensión y la quema de algún aparato o por el apagón), ésta se limitará a señalarte con el dedo y decir que la culpa es tuya. En cualquier caso, la empresa distribuidora tiene la potestad en tales casos de exigirte las oportunas reparaciones en tu instalación e incluso darte de baja del servicio si las deficiencias no se subsanan.

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