Negocios en comunidad de propietarios

Buenos días Aserem,

Te agradezco tu tiempo y te cuento: vivo en una urbanización grande donde existe una comunidad de propietarios, muchos pisos están sin vender y pertenecen a una empresa que originariamente los quería vender.

El asunto es que parte de estos pisos los a puesto como apartahoteles dependientes de un hotel que existe en la urbanización, esto supone que conviven tanta una comunidad personas con viviendas residenciales y apartahoteles en varios edificios, y la piscina es comunitaria al tiempo que se utiliza como piscina del apartahotel.

Mis dudas son:

1.-Si existe unos estatutos de la comunidad que prohíben cualquier tipo de negocio en las viviendas, ¿pueden poner este etipo de negocio?

2.- Los gastos generales de la comunidad, ¿deberían repartirse como cualquier vecino o deberían tener otro tipo de cuota o porcentaje?

3.- ¿Puede ser la piscina comunitaria de uso comunitario para los propietarios y publico para los clientes del apartahotel al mismo tiempo?.

4.- ¿Puede esta empresa cambiar el USO de las viviendas residenciales a uso turístico, cuando los estatutos hablan de viviendas residenciales?

Gracias por adelantado,

Un saludo José Manuel

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1.- Si los Estatutos, prohiben cualquier tipo de negocio. NO SE PUEDE PONER, salvo modificación de los mismos.

2.- Si mantenemos el principio de las viviendas son residenciales, el reparto de los gastos generales, debe de seguir el mismo criterio. Se repartirán con arreglo a la cuota de participación, o a los especialmente acordado.

3.- La piscina es de uso comunitario, aunque la legislación, en lo referente a la contratación de Socorristas y otros asuntos la asimile a uso público.

4.- Como poder hacer un cambio de uso, si se puede hacer, pero al tener que cambiarse lo contemplado en el Título Constitutivo y una modificación de los Estatutos, se tendría que aprobar, en Junta General, por unanimidad, a tenor de lo expuesto en el art. 17 lph.

Saludos

Pedro

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