Problema con acta comunidad

Hasta hace unos días, era administradora de mi comunidad de vecinos. En la anterior junta se aprobó una mejora por mayoría y en quorum de 3/5 tanto en numero como en cuota de participación de los vecinos. Uno de ellos que no estaba de acuerdo solicitó hasta cuatro veces que se volviera a votar para eliminar la mejora ( en este caso una llave en el ascensor), con el mismo resultado. Solicitó que se incluyera en el orden del día de la junta que celebramos la semana pasada. Hasta ahí, sin problemas. En dicha reunión se expusieron una serie de hechos entre los cuales que se recibe una llamada desde la empresa que puso la llave, indicando que el mismo vecino había dejado orden de que se quitara la llave e identificándose como administrador. Como no acudió a la junta y tiene información de terceros, ha solicitado que se modifique el acta de la reunión poniendo en la misma que el administrador dice textualmente -el vecino ha usurpado la identidad del administrador- siendo este hecho falso y amenazando con denunciarme. Como el nuevo administrador ha hablado con empresa y le han confirmado que mi versión es cierta, quería saber si hay que hacer un acta nueva incluyendo lo que quiere el vecino y la contestación, o una nota aclaratoria. Por lo que otros expertos me han indicado este vecino esta cometiendo -abuso de derecho del comunero- ya que no estuvo presente en la reunión. Por otro lado me indican que en un acta no se pueden poner ni insultos ni amenazas ni opiniones, ni nada por el estilo, y además no se puede incluir a posteriori ninguna opinión de un comunero que no acude a la reunión. Si pudiera ayudarme se lo agradecería.

Muchas gracias por su tiempo.

Un saludo.

Respuesta
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1.- El Acta refleja lo acordado, en el momento de la Junta General y, si existen razones para modificarla, se hará, previa aprobación, en otra Junta General. Por tanto EL ACTA NO SE MODIFICA.

2.- El propietario, ausenté, no tiene LEGITIMACIÓN, para cuestionar lo acordado en una Junta General, por razones obvias.

3.- Si la empresa, aludida, mantiene que este vecino le usurpó su personalidad y tiene prueba de ello, ESTO ES UN DELITO PENAL, que podría encajar en el art. 401, del Código.

Ruego se sirva evaluar la respuesta.

Saludos

Pedro

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