Impago de Cuotas por Separación de Pareja.-

Hola,
Vivo en una Comunidad de propietarios de la que actualmente soy Tesorero, y me he encontrado con el siguiente tema:
Tenemos una pareja de vecinos que actualmente están en tramites de separación que no pagan ni las cuotas de comunidad desde hace 7 meses, ni la derrama efectuada para el cambio comunitario de Antena Colectiva.
En diversas ocasiones se les ha reclamado el importe que adeudan y siempre decían que lo pagarían cuando pudieran, de buena fe, hemos obrado hasta que hace poco al reclamarles nos salieron con estas contestaciones:
Ella: Que según su abogado es co-propietaria del piso junto con el al 50% y que actualmente si paga, solo pagará la mitad de la deuda, puesto que el resto le corresponde a el.(Cuando es ella la que disfruta del piso al 100%).-
El : que actualmente no vive aquí, que ya está harto de que se le reclame un dinero pendiente por parte de la comunidad, que tiene muchos problemas actualmente y "Pasa de la Comunidad", pues está en trámites de divorcio, y antes es él y su hijo que la Comunidad (Con mucha tensión por su parte) que ya veremos como queda
eso del 50%.-  
Frente a esto, no sabemos que hacer ni Tesorería ni Presidencia, puesto que aquí no hay ningún administrador de fincas en nuestra comunidad, y es un tema delicado, puesto que la señora no paga y está disfrutando de todas las Instalaciones y servicios Comunitarios, como ascensor, anten comunitaria, limpieza comunidad, y un largo etc... E bienes comunitarios.-
Estamos bastante desesperados y no sabemos que hacer, a ver si hay algún experto que nos oriente sobre como actuar frente a este "descaro".-
Respuesta
1
Entiendo que son temas delicados, normalmente la situación personal influye en todos los aspectos, pero no es justificación para contraer deudas con la comunidad.
Os recomiendo, que enviéis un burofax a ambos indicándoles que su situación no puede afectar al correcto funcionamiento de la comunidad, que se trata de un problema personal que deben resolver ellos y que les dais un plazo de POR días o meses para subsanar la deuda, que en caso contrario procederéis a liquidar las deudas en junta para poder reclamar judicialmente las mismas, teniendo ellos que pagar todos los costes que eso pueda originar a la comunidad. Al ser una forma bastante seria y formal (puesto que ese burofax os serviría de prueba en un juicio de reclamación) suele ser efectiva y no es necesario llegar al juzgado.
Si no pagan, finalmente os tendréis que informar y contratar abogado para reclamar.
Suerte.

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