Unanimidad comunidad vecinos

He solicitado al administrador de la finca que incluya en el próximo orden del día mi solicitud de permiso para cerrar parcialmente la terraza de mi ático.
Me dice que se necesita el acuerdo unánime de la comunidad de vecinos y que, por lo tanto, debo ir puerta por puerta pidiendo dicho acuerdo, porque no es suficiente con el acuerdo unánime de los presentes en la junta.
Me parece muy extraño lo que me dice y será imposible que lo pueda cumplir porque hay algunos pisos cuyos dueños viven en otra ciudad y no vienen a las reuniones.
Mi pregunta, pues, es saber si la unanimidad que se requiere se refiere a los que asisten a la junta o a la totalidad de los vecinos, aunque no asistan a la reunión.

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Su administrador podría dedicarse a otra cosa que no fuera administración de fincas, si es lo que le ha respondido.
Efectivamente la alteración de una zona común debe conseguir la unanimidad de los propietarios. En la Junta de Propietarios debe conseguir la unanimidad de los asistentes. Los no asistentes se consideran votos favorables. Los no asistentes pueden expresar su voto desfavorable una vez recibido el resultado del acuerdo. Tienen un mes a partir de la recepción de la comunicación. Por ello debe comunicarse fechacientemente a los que no asistieron.

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