¿Cuánto debo pagar de derrama a la comunidad si mis ingresos mensuales son mínimos?

Soy propietario de una vivienda en una comunidad de vecinos. Cada planta tiene 4 viviendas a dos niveles, separados por unas pequeñas escaleras diferentes de las escaleras generales. Es decir, el 6º piso, con cuatro viviendas tiene la puerta A y B a un nivel donde no llega el ascensor (tiene unos 7 escalones) y el C y D dan al ascensor. Por todo ello la comunidad decidió poner un nuevo ascensor que de servicio a las puertas A y B.

En primer lugar quisiera saber si es obligatoria esa obra o me puedo negar a apoyarla. Es obligatorio que llegue ascensor a todos los pisos o es algo que la comunidad quiere pero no es obligatorio por ley, de tal manera que podamos negarnos algunos vecinos.

En segundo lugar, mis ingresos de pensionista no superan 760 euros para dos miembros de la unidad familiar y apenas me permiten subsistir hasta final de mes. La comunidad plantea un pago mensual para el ascensor durante un año por cada vecino. Es en torno a 150 euros. A mi me supone un fuerte desembolso para mi economía, por lo que ¿el fraccionamiento mensual se puede ajustar a los ingresos de cada uno de los propietarios? ¿Existe un límite que no me pueden tocar de la pensión para pagar mensualmente a la comunidad?. Alguien me comento que existe dicha cantidad (por ejemplo, si a mi me piden 150 euros mensuales pero yo cobro 760 no puedo pagar más que la diferencia entre una cantidad (supongamos 640) y lo que cobro, de tal manera que 760-¿640=120 sería lo que pagaría aunque el recibo sea de mas?

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La comunidad es soberana en sus decisiones, por lo tanto lo acordado es lo válido y de no cumplirse puede hacerse valer ante el juzgado.

Recomiendo llegue a un acuerdo con la comunidad exponiendo su situación.

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