Indemnización por incumplimiento contrato alquiler

Hola .Tengo un piso alquilado con contrato hasta el 1 de septiembre del 2011. Hoy el inquilino me ha comunicado que deja el piso el 1 de junio del 2011. ¿Tengo derecho a que me indemnice por los tres meses que quedan para la finalización del contrato?. Gracias
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Los contratos de arrendamiento son muy ambiguos en cuanto a reclamaciones, ya que estos se pueden prestar a muchas interpretaciones, si estos no se formalizan ante notario y si no se exponen en ellos las clausulas de incumplimiento tanto por el arrendador como por el arrendatario, como pueden ser el tiempo de arquiler fecha de inicio y finalización, cuntia del mismo, cargos a cuenta del arrendatario (agua, luz, gas, comunidad etc)y todo aquello que se considere debe estar reflejado en dicho acuerdo. Pero como te digo si este contrato no esta registrado, todo cae en saco roto, ya que la reclamación por vía judicial, podría salirte más costoso de lo que puedas cobrar. Lo mejor es comunicarle al arrendatario que por el incumplimiento del contrato tu te quedas con la fianza así podrás recuperr algo.

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