Subrogación renta antigua

Mi padre era inquilino de renta antigua (1959), él murió quedando mi madre como subrogada. Hace unos días murió mi madre. Yo no vivía con mi madre pero si me interesa quedarme con el piso por que para mi tiene un valor sentimental grande. Mi hermana tampoco vivía con mi madre y tiene el mismo interés que yo... Mi pregunta es: ¿Podemos subrogarnos del contrato o tenemos que dejar el piso? Si no le entregamos las llaves al arrendador ¿qué nos puede suceder?
Gracias de antemano por su respuesta

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La subrogación está efectuada desde el momento de la notificación de la misma. Si la propietaria protesta y usted no aceptara la protesta, ella tendrá que ir al juzgado y allí decidirán.
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Gracias. El propietario nos ha enviado un burofax donde explica que el contrato de alquiler finalizo antes de que nosotras enviáramos alguna carta donde explicáramos nuestro deseo a subrogarnos. Nuestro miedo es que ninguna de las dos ha vivido en el piso como dice la ley... ¿Si vamos al juzgado que posibilidad tenemos de quedarnos con el piso? No me gustaría ir al juzgado si no tengo posibiblidad de ganar.
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