Actividad pública reciente
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Carta de despido
En principio no es un despido por causas objetivas, los contratos de obra son muy puñeteros ya que si la empresa demuesta que se ha terminado la obra, no tienes ninguna defensa jurídica. El preaviso de 30 días me imagino que vendrá regulado por el...
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Posible despido improcedente
Tienes toda la razón, no se puede realizar un contrato de obra o servicio determinado y luego trabajar en otro proyecto, la empresa puede caer en fraude de ley lo cual podría reclamar, mediante vía judicail, que se transformarse el contrato temporal...
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