Actividad pública reciente
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Te pueden revisar la incapacidad permanente total pasados mas de tres años desde la resolución
En la carta pone la fecha a partir de la cual puede ser instada la revisión, no del 20% sino de la incapacidad, que puede ser por agravamiento o mejoría. En teoría eso es posible hasta la edad de jubilación ya que las incapacidades no son vitalicias.
