Actividad pública reciente
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Ibi
El ibi según mis conocimientos debe pagarlo el propietario a fecha 1 de enero de la vivienda, salvo pacto en contra.
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Tramites para vender
Efectivamente es largo, pero sólo tienes que darlos uno a uno y con seguridad. 1º.- Contrato de señal y arras. Asegúrate de tener un buen contrato, existen muchas formas de hacerse con el, en la propia red podrías encontrarlo. 2º.- Ese contrate debe...
Ha empezado a seguir a

