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¿Si decido coger excedencia hasta el año del bebe no puedo acumular la lactancia?
Se regula en el art. 37.4 del ET y si es compatible la acumulación con el permiso de maternidad. Que no le guste a tu empresa es otra cosa. Un saludo. No olvides puntuar y si te apetece realizar un curso online de temática laboral de calidad y muy...
