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Un funcionario puede ser administrador de una S.L., siendo la actividad muy distinta a la función que realiza como funcionario.
Como funcionario en ayuntamiento (jornada de mañana), tengo una empresa al 50% con otra persona, soy el administrador de la misma, su actividad no tiene nada en común con la que realizo como funcionario, es compatible. Pago por ese concepto como autónomo.
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