Actividad pública reciente
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Somos 3 hermanos y sólo 1 vive en la casa
Ninguno de los comuneros puede usar el bien como privativo sin la autorización del resto. En virtud del art. 400 del Código Civil puede instar a su hermano a que compre su parte en un plazo de dos meses, pongamos por caso, o en caso contrario se le...
Ha empezado a seguir a
