Actividad pública reciente
                    Ha valorado "Buena" la respuesta
                
                
            Deducción en irpf
                
                        Si sus ingresos no llega al mínimo no tiene que declarar. La indemnización no cuenta como renta percibida, es decir no computa como ingreso, sólo la nómina.
        
    
        
                    Ha valorado "Buena" la respuesta
                
                
            Dudas en irpf
                
                        Las indemnizaciones establecidas por contrato no extan exentas, solo las establecidas en el estatuto de los trabajadores (cese o despido)
        
    
        
                    Ha valorado "Buena" la respuesta
                
                
            Irpf en empleados de hogar
                
                        El 3% si da derecho a gastos de Seguridad Social. El resto no.
        
    
        
                    Ha valorado "Buena" la respuesta
                
                
            Duda en irpf
                
                        Por un lado esta la obligación de declarar, ¿qué en el caso de tener dos o más pagadores el mínimo es 8.000?. Por lo que si supera esa cifra sin contar la indemnización si esta obligado. Por otra parte esta la exención de la indemnización, que...
        
    
        
                    Ha valorado "Buena" la respuesta
                
                
            Arrendamiento urbano
                
                        La ley contempla como actualización de la renta los incrementos de IPC, pero si tienes firmado que el arrendatario se hace cargo del incremento de los impuestos, lo normal es que te faciliten copia de documentos donde consten esos impuesto para...
        
    
        
                    Ha valorado "Buena" la respuesta
                
                
            Cobro de cheque
                
                        Ese cheque, como cualquier efecto de comercio lo puedes endosar, para ello tienes que poner por detrás "páguese a la orden de ... (tal persona o sociedad)" y lo firmas tu y así queda listo para ingresarlo en la cuenta de esa otra persona. Esto tiene...
        
    
        