Actividad pública reciente
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Nuda propiedad y Usufructo
Esa partición hereditaria será por acuerdo de ustedes no porque la establezca el testamento, porque el usufructo del cónyuge supérstite se encuentra establecido en el art. 834 del Código Civil y lo fija en 1/3 que corresponde con el de mejora al...
