Actividad pública reciente
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Hola, mi consulta es sobre la herencia de un piso.
Sus hermanos en virtud del art. 398 del Código Civil, pueden invocar dicha norma y adoptar su acuerdo por mayoría de los partícipes, que le obliga a ello. Por otro lado el art. 400 de dicho Código Normativo, le permite poder pedir la división de la...
Ha empezado a seguir a
