Reducción por discapacidad en impuesto AJD
Tengo la siguiente consulta en relación al impuesto e actos jurídicos documentados en Andalucía.
Se establece una reducción del 1,2 al 0,1 % para personas con discapacidad siempre que no supere unos umbrales del valor del inmueble.
El asunto es que con la actual ley aplicable a partir de 1 de enero de 2022, (ley 11/2021 de 9 de julio)se debe tener en cuenta el valor de referencia del inmueble.
Al ser de obra nueva no hay forma de conocer el valor catastral y por ende el valor de referencia.
¿Cómo puedo conocer este dato para poder aplicar la reducción por discapacidad?