¿Retención en alquiler de bienes muebles?

En algunos sitios he leído que si la SL no tiene puesto en su objeto social el alquiler de maquinaria como tal o está dado de alta en el epígrafe 859 alquiler de otros bienes muebles no podría facturar SIN RETENCIÓN, es decir, para poder facturar SIN retención debería darse AL MENOS una de las dos circunstancias. El problema viene de que la SL se dedica al alquiler de maquinaria como ACTIVIDAD PRINCIPAL pero el objeto social no es claro, ya que la antigua administradora no lo indicó del todo bien cuando se constituyó la empresa. ¿Creéis qué con este objeto social podría la empresa dedicarse al alquiler sin que los administradores estuvieran cometiendo un acto ilícito? ¿Podría la empresa facturar sin retención?
Adjunto imagen del objeto social: https://ibb.co/0V9KmcT

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