Responsabilidad Patrimonial Ayuntamiento sobre suspensión de licencia de obra mayor

En el año 2015 presentamos ante el ayuntamiento de Corbera de Llobregat solicitud de licencia urbanística para la construcción de vivienda unifamiliar.

El hecho es que una vez tramitada por nuestro arquitecto con el técnico del ayuntamiento y dar trámite a dicha solicitud, nos vemos que pasados unos 4 meses nos comentan que la licencia queda suspendida (no denegada) ya que el Proyecto de Reparcelación está pendiente de registrar en el Registro de la Propiedad correspondiente. La urbanización tiene una junta de compensación que ha redactado el Proyecto de Urbanización y lo ha registrado, pero no lo ha hecho con el de reparcelación.

¿Puedo reclamar al Ayuntamiento por daños y perjuicios al aceptar a trámite una solicitud que supuestamente no la iban a aprobar?

¿Tiene el ayuntamiento una responsabilidad patrimonial con nosotros?

Pensar que, desde el principio al reunirse nuestro arquitecto con el técnico, este le comenta que no hay ningún problema en construir, acepta a trámite la solicitud (incluso solicitan subsanaciones) para que luego el departamento jurídico sea el que emita un informe que No se puede otorgan la licencia... Parece surrealista y la verdad parece ser que no están conectados los servicios en este ayuntamiento la verdad.

Pues si de antemano supiéramos que no podíamos construir no nos hubiésemos gastado unos 18000€ en el arquitecto. A esto nos referimos concretamente.

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