¿Existe un plazo máximo de tres meses para notificar el inicio de un procedimiento sancionador administrativo?

El pasado 28 de marzo me llegó por carta certificada la notificación del inicio de un procedimiento sancionador por haber cometido una infracción administrativa el 10 de noviembre del año pasado. En el momento en el que supuestamente estaba cometiendo la infracción fui identificado por la Policía Local, pero no se me aportó ningún tipo de notificación. En esta notificación se propone una multa de 301 euros.

He estado leyendo por Internet, y en algunos foros señalan que la LPAC establece un plazo máximo de tres meses para la notificación (que, en este caso, habrían sobrepasado), pero en la propia ordenanza por la que se me multa se establecen 6 meses. En caso de que esto sea cierto o no, ¿qué me recomendáis alegar para evitar el pago de esta sanción?

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