¿Accidente laboral y no cobrar el 100% de nomina incluida nocturnidad? Convenio supermercados
De camino al trabajo, al ir a coger el tren como cada día para ir a trabajar, tropecé por las escaleras, lo que me fracture el pie (esguince) contusiones entre muchas otras. Claramente consta como accidente laboral.
Debido a la hora que hera (tengo turno nocturno) y estar la mutua cerrada, fui al hospital más cercano. Me hicieron parte para la mutua. Mi jefa dijo que enviaría ella el volante de accidente laboral. Al día siguiente fui a la mutua, a mi sorpresa mis superiores no habían enviado dicho volante... Bueno entre otras muchas negligencias y resumiendo. ¿Siendo accidente laboral tengo que cobrar el 100% de mi nomina incluida nocturnidad? Ya que este mes me han pagado una cantidad inferior muy considerable a la del sueldo base de turno de día incluso.
¿Según convenio de supermercados de Barcelona debería cobrar el 100% (y más aun si a sido accidente laboral) Estoy en lo cierto?
Lo que me descoloca es que dos meses atrás... A causa de una bronquitis y brote vírico estuve de baja por la S.S y cobre el 100% de nomina de sueldo base (turno día) y esta vez siendo laboral la cantidad a ''deber'' son de casi 300€.
¿Podríais ayudarme? Que debo/puedo hacer? ¿Llevan razón ellos? ¿Debo reclamar esa cantidad? Y a quien