¿Tiene mi marido derecho a iniciar una jura de cuentas?

Antes de nada agradecer toda la ayuda que me pueda prestar, mi pregunta es la siguiente, mi marido es abogado, hace unos años tuvo un procedimiento civil que gano su cliente, el condenado en costas fue el demandante, pero este se declaro insolvente, la sentencia de este procedimiento en 1ª instancia fue en 2009 y la sentencia del recurso ante la AP se dicto en el 2011, mi marido presento tasación de costas en diciembre del 2012 sobre el procedimiento en 1ª instancia y en marzo del 2013 presento la tasación sobre las costas del proceso ante la AP, estuvo embargando en nombre de su cliente algunos bienes de poco valor del condenado en costas, pero que no cubren ni en una pequeña parte las costas totales de los juicios, el problema es que mi marido en ningún momento reclamo judiciamente estas costas a su cliente, ahora se esta planteando iniciar el proceso de jura de cuentas para poder cobrar sus honorarios, pero yo creo que eso ya ha prescrito, ¿estoy en lo cierto? ¿Al embargar bienes del condenado en costas en nombre de su cliente no se supone que el ya había cobrado sus honorarios y era su cliente quien reclama ser resarcido de las costas? La verdad es que temo que ya haya perdido el derecho a iniciar un proceso judicial y su única opción sea llegar a un acuerdo con su cliente para que le pague, pues este insiste en que el condenado en costas es el demandante y por tanto es quien debe hacerse cargo, y no esta dispuesto a pagarle.

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