Compensación y dia libte por festivo trabajado

En mi trabajo actual nos regimos por el convenio de callcenter. Mi jornada laboral es turno partido de 6.45h y los festivos autonómicos tengo que trabajarlos.

La pregunta de todos los compañeros que nos hacemos es: ¿Nos tienen que pagar el festivo y además un día libre como pone en el artículo 47 de nuestro convenio?

"Artículo 47. Complementos por festivos y domingos.

1. El trabajador que preste sus servicios en cualquiera de los 14 días festivos anuales, con independencia de la compensación de un día libre retribuido, percibirá los recargos que se establecen en las tablas anexas a este Convenio.

2. Tendrán la consideración de festivos especiales, los siguientes:

• El día 25 de diciembre.

• El día 1 de enero.

• El día 6 de enero. Dichos días se complementarán con los recargos contenidos en las tablas anexas, con independencia de la compensación de un día libre retribuido. Cve: BOE-A-2012-10132 BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO Núm. 179 Viernes 27 de julio de 2012 Sec. III. Pág. 54205 También tendrán la consideración de festivos especiales los días 24 y 31 de diciembre a partir de las 20,00 horas complementándose con los recargos contenidos en las tablas anexas.

3. El trabajador que, preste sus servicios en domingo, percibirá como compensación el recargo que figura en las tablas anexas a este Convenio.

4. No podrán acumularse los recargos de domingos y festivos especiales, y en los supuestos de coincidencia prevalecerá el correspondiente al festivo especial."

¿A razón de cuanto me tienen que pagar con mi horario?

Supuestamente en mi contrato estoy como teleoperadora pero hago funciones gestión de seguros.

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