¿Una sentencia de extinción de alimentos produce efecto inmediatamente o hay que esperar a recurso?
He solicitado al juzgado la extinción de la pensión de alimentos de mi hijo porque esta trabajando. El juzgado de familia me ha dado la razón y ha sentenciado que deje de pasar la pensión pero la otra parte ha recurrido la sentencia al TSJ. Mi pregunta es : ¿Dejo de pagar la pensión tal y cómo dice la sentencia del juzgado de familia o tengo que seguir pagándola hasta que se resuelva el recurso? En caso de seguir pagando y de que me dieran la razón en el recurso, ¿podría reclamar las cantidades pagadas?