Tratamiento fiscal de operación "triangular" entre dos sociedades Españolas con mercancía que no entra en España y venta a otro
Describo la situación:
Empresa A situada en España, vende a mercancía a empresa B situada en España, pero la mercancía de la empresa A se envía directamente desde Portugal (no entra en TAI español) al cliente C de la empresa B situado en Holanda. Dudas: ¿La factura entre empresa A y B debe llevar IVA? ¿La factura entre la empresa B y C debe llevar IVA? ¿Existe operación triangular? ¿Se declara la operación en modelo 349? Todo ello desde el punto de vista de la empresa B que somos nosotros.