Plusvalia extincion de nudad propiedad por fallecimiento del usufructuario
En el año 2000 fallece mi madre y tras el reparto de herencia queda de la siguiente forma, mi padre se adjudica el 100% de usufructo vitalicio de las viviendas que poseen y a nosotros que somo tres los hijos, la nuda propiedad de las viviendas (tres viviendas y un garaje) al 33,33 % cada uno.
Al fallecer mi padre en el año 2014, pagamos el impuesto de sucesiones por el usufructo, y ahora nos el ayuntamiento de la casa de la playa nos pide la plusvalía de dicha casa y garaje.
Estamos excepto de pagar, ¿ya qué ahora solo se consolida el dominio al morir el usufructuario? ¿O tenemos que pagar dicha plusvalía?