Movilidad Geográfica para el País Vasco 2015
El tema es el siguiente:
En 2014 residía en Andalucía y estaba inscrito en la Oficina de Empleo, recibí una oferta de trabajo para el País Vasco la cual acepte y cambie de domicilio de Málaga a San Sebastián donde aun sigo residiendo a fecha de hoy.
Cuando realice la declaración del IRPF 2014, la Hacienda Estatal me "concedió" la movilidad geográfica como como deducción de la cuota durante el periodo 2014/15.
Como durante el año 2015 he residido en Guipúzcoa, toca ahora liquidar el impuesto del IRPF 2015 a la Hacienda Foral de Guipúzcoa. Mi pregunta es la siguiente:
¿Cómo puedo vincular el derecho que tengo adquirido del año 2015 de la movilidad geográfica aprobado por la Hacienda Estatal a la declaración del IRPF del 2015 en la Hacienda Foral de Guipúzcoa? O ¿Cómo son normas y reglamentos independientes pierdo ese derecho? No existe tratados o convenios entre las dos haciendas (Estatal y Foral) para este tipo de supuestos paa que el españolito de a pie no pierda esos derechos adquiridos