Cancelación de hipoteca ,actos jurídicos documentados.

Agradeciéndoles su atención y servicio, formulo la cuestión . Un familiar mío termino de pagar su hipoteca de una vivienda social . En la primera escritura notarial pone : " Compraventa de bien inmueble y constitución de hipoteca". Las cuotas de la hipoteca las pagaba cada mes mediante domiciliación bancaria. Nunca dejó ni una sola letra sin pagar ( la hipoteca la firmó con la Xunta de Galicia por tratarse de una vivienda de promoción pública ) . Mucho antes del vencimiento establecido en las escrituras canceló su hipoteca . La Xunta le remite unos papeles para que se los remita firmados al objeto de formalizar ante notario la cancelación de la hipoteca . Cumplidos estos tramites la Xunta de Galicia, le comunica que pase por tal notaria firmar y a pagar la nueva escritura de cancelación de hipoteca. Pagado y recogidas se llevan al Registro, se deja una consignación y a los 15 días las recoge y se dirige a la Hacienda Gallega . Cubre los papeles y como es vivienda en primera transmisión en casilla de actos jurídicos documentados marca la casilla exenta . Por lo tanto no pasó por caja. En la primera escritura liquidó el IVA. ( Tal impuesto está exento al tratarse de primera transmisión ) . Al pasar un año recibe carta de la Hacienda gallega reclamándole el 1,5% del total de la Hipoteca más intereses. El problema está en que la segunda escritura de cancelación de hipoteca expone : Carta de pago y cancelación de condición resolutoria e hipoteca ". Como expuse mi familiar no asistió al notario fue el representante de la Junta de Galicia, por lo tanto no hubo un pacto entre las partes, es más hasta el notario lo escogió la Junta de Galicia, cuando le correspondería a mi familiar . El asunto es que, por esa condición resolutoria la Junta le reclama el 1,5% del total de la hipoteca .En la Junta le dijeron que actos jurídicos documentados en 1ª transmisión si está exentos pero como la escritura de cancelación pone condición resolutoria hay que tributar por ello. Creemos que es injusto que una vivienda social tenga que pagar ese impuesto cuando en condiciones normales está exento . Sólo por poner carta de pago y cancelación de condición resolutoria e hipoteca . Como se expuso en la escritura de hipoteca no consta dicha condición resolutoria y en la segunda mi familiar no estuvo presente, ni hubo pacto entre las partes. Como se expuso nunca dejó de pagar una sola letra y canceló la hipoteca antes del tiempo estipulado en la primera escritura. Nos podrían echar una mano . Muchísimas gracias . J.M.

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