Cambiar de S.L.L a S.L. Es una modificación estructural (transformación) o una modificación de la condición de la sociedad?
Creo que no es una transformación a efectos de la ley de modificaciones estructurales, es decir que basta con un acuerdo de pasar a SL y modificar estatutos y solicitar la baja al registro de laborales.
Por ello no es necesario aprobar un balance para la tranformación....
Es correcto?
Es aplicable la ley de modificaciones estructurales?