Obligatoriedad o no de cambio de domicilio fiscal del vehículo a efectos de IVTM.
Cambié de domicilio en setiembre 2013 a otro ayuntamiento, dándome de alta en el padrón pero sin dar notificación expresa a tráfico de ningún cambio. No informé del cambio de domicilio en mis datos fiscales en hacienda hasta el 2º trimestre 2014. Hacia finales de 2013 o principios de 2014 recibí multa por exceso de velocidad, en las calles de mi nueva localidad, cuya notificación y hoja de pago me llegaron por correo certificado, al nuevo domicilio, y la pude pagar dentro del plazo de reducción del 50%. Me extrañó al momento que me llegase al nuevo domicilio, además SIN DEMORA, pero no investigué más. No entendí de dónde sacaron mis datos actuales, supuse un cruce de datos entre ayuntamientos y tráfico, porque yo no había indicado otros cambios a ninguna otra administración, por el momento. En 2014, el IVTM me llegó como siempre domiciliado al banco, con el importe de siempre, correspondiente al ayuntamiento en el que residía anteriormente. No hay duda de ello porque en el ayuntamiento donde resido ahora el importe a pagar por mi vehículo asciende a aprox. 55 euros más que lo que he venido pagando, ya que en el nuevo ayuntamiento se cambiará inevitablemente la clasificación fiscal de mi vehículo, de mixto a turismo, puesto que son muy puntillosos con la documentación que requieren para mantener la clasificación de "mixto" y que yo no dispongo y así no podré mantener las mismas condiciones que hasta ahora, por lo que preferiría no tener que modificar los datos de domicilio fiscal del vehículo. Pero por otro lado también me interesa no llegar a perderme notificación alguna en caso de multas o cualquier otra relacionada con mis coches y mi carnet. Acabo de ver que en la hoja de solicitud de cambio de datos del vehículo que se descarga en la dgt, existen dos opciones: la opción de cambio de domicilio del titular (dni + empadronamiento u otro) por lo tanto también del vehículo, y cambio de domicilio sólo a efectos de notificaciones, (sin necesidad de presentar documentación, simplemente informar verbalmente -por escrito- de un domicilio en el que recibir notificaciones) como datos independientes, en los datos del vehículo / titular. Deseo saber, puesto que no lo he encontrado en ninguna parte, indicado de manera explícita: 1) EXPLÍCITAMENTE EXPRESADO EN ALGUNA LEY ¿Existe algún plazo máximo, después de la inscripción en el padrón, por cuyo incumplimiento se pueda ser sancionados, para comunicar a la dgt el cambio de domicilio? Si es así, ¿de cuánto és? Y lo que más me interesa, ¿cuál sería el importe de la supuesta sanción? 2) Es realmente obligatorio informar del cambio de domicilio? --Entiendo que así es, cuando el encargado de gestionar el impuesto debiera ser el mismo ayuntamiento de residencia, pero a la hora de la verdad tampoco deberían haberme cobrado entonces automáticamente el ivtm como siempre, puesto que ya no estaba empadronada en ese ayuntamiento y a ese ayuntamiento ya le consta que mi vehículo no "reside allí", puesto que me han anulado la "tarjeta de residente" correspondiente a la matrícula de mi vehículo, que sirve para pagar el aparcamiento en la zona de residencia.-- ¿Podría alargarse mi situación actual de pago del ivtm, en un ayuntamiento diferente al de residencia, de modo indefinido, y ser algo legal, o llegará un punto en que se cruzarán datos y me sancionarán? Si no fuese legal, deseo saber, en la realidad práctica: ¿se produce esta misma situación de manera corriente, y se prolonga de modo indefinido para mucha gente, sin consecuencias legales ulteriores, aún no siendo "perfectamente legal"? 3) Tengo 2 coches a mi nombre. Puedo cambiar los datos de domicilio de uno y dejar el otro igual o se cruzarán datos, siendo que los datos deberían ser datos del vehículo individual, según matrícula, y no según titular? 4) Si sólo cambio los datos de domicilio a nivel de notificación, eso conllevará que "investiguen" dónde resido realmente? ¿Otra alternativa: Puedo dejar todo tal cómo está ahora y darme de alta en la DEV (Dirección Electrónica Vial) para asegurarme de recibir cualquier notificación, sin que ello implique cambios de domicilio en la documentación? 5) Según dice en la página de la DEV, al darme de alta allí TODAS LAS ADMINISTRACIONES ya no me remitirán notificaciones de sanción por correo postal, sino sólo a través de ése portal y eso implica ir a mirar periódicamente y que no le pase nada a mi cuenta de correo. ¿A qué administraciones se refiere, con "TODAS LAS ADMINISTRACIONES"? Entonces, ¿¿sí existe cruce de datos entre todas las administraciones, o no??