¿Fraude de ley en contrato de relevo?

Tengo un contrato de relevo a jornada completa desde 2009 y finaliza en diciembre de 2014 (Código 441 con ley del 12/2001)

El jubilado parcial redujo su jornada el 85% pero nunca fue a trabajar el 15% de jornada que le correspondia.

Mi pregunta es si es legal esta situación o se considera una jubilacion anticipada. Mi contrato puede considerarse en fraude de ley.

Un saludo.

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