¿Me pueden regularizar ejercicios anteriores tras una comprobación limitada?

Hola,

En Dic-2006 abrí una cuenta vivienda, aportando y deduciéndome anualmente 9.000€ hasta 2010. En Nov 2010 compre una vivienda con dicha cuenta. Deducción en 2010 de los gastos de la compra. En 2011 tras reformar el piso, empiezo a residir en el en Octubre 2011. Deducción en 2011 de la hipoteca.

Ahora viene la cuestión en si.

En el ejercicio 2012 recibo una comprobación limitada para justificar la ocupación de la vivienda, al detectar la AEAT consumos mínimos.

Tras presentar justificantes de desplazamientos continuados al extranjero por trabajo (120 dias), certificado de la comunidad, actas de asistencia a juntas, etc...se me notifica liquidación provisional sin aceptar los argumentos, con un resultado a pagar por la vivienda al no considerarla habitual.

Me es complicado justificar mas allá de la explicación de los consumos mínimos la ocupación en 2012 ya que no tengo domiciliaciones, consumos de otro tipo tipo teléfono...es decir no se como justificarlo (aunque realmente si que estuve residiendo el tiempo que estaba en España)

Tras este procedimiento me surgen varias cuestiones:

- Al haber incumplido (según la AEAT) el plazo de tres años de ocupación tras la compra, puede Hacienda reclamarme los ejercicios anteriores (de 2006 a 2011)?

- Entendiendo que de considerar que el incumplimiento de los plazos implicaría que debería devolver todo lo deducido en el ejercicio donde se produce, entiendo que este debería ser en 2012. Sin embargo, al ser un procedimiento de comprobación limitada,y teniendo en cuenta que ahora Hacienda no me reclama nada en esta liquidación, impide que hacienda me revise por el mismo concepto en dicho ejercicio mas adelante???

- Tiene alguna implicación el recurso económico-administrativo? Es decir, en caso de que ni en ese recurso pueda demostrar la ocupación pueden considerar en la resolucion que debo devolver todo lo anterior?

Muchas gracias a quien pueda ayudarme

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