Deducción Tickets

Me gustaría saber si un profesional se puede deducir el iva de un ticket (por ej. Taxi)y si es deducible en el impuesto sociedades. Este ticket no cumple el requisito de factura completa, pero sí que es necesario para la actividad. ¿Existe algún importe límite hasta el cual te lo puedas deducir sin esa factura y te valga el ticket?

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Los gastos de transporte son deducibles en el impuesto sobre sociedades siempre que se relacionen con la obtención de los ingresos y estén debidamente justificados.
La justificación podría ser la factura expedida por el taxista, o en su defecto un ticket que tuviera alguna veracidad y reuniera una serie de requisitos mínimos.
Por ello no existe ningún importe mínimo que uno se pueda deducir como gasto sin necesidad de factura.
En cualquier caso si no es un importe muy grande, yo lo metería como gasto deducible puesto que es difícil que la administración (salvo inspección) se mta a discutir la veracidad de un gasto poco significativo.
Lo que si a partir de ahora procura que las facturas del taxi reúna los requisitos mínimos de factura para que no tengas ningún problema.
Como profesional, en tu declaración de la renta, se aplican los mismos criterios de deducibilidad de los gastos que en el impuesto sobre sociedades, por lo que también serían deducibles al calcular el rendimiento neto de tu actividad económica.
Es practica habitual que muchas empresas metan gastos de los que no tienen los justificantes debidos, ya que la administración no puede entrar a valorarlos si no es porque seas objeto de una inspección de hacienda, en cualquier caso, como ya te comenté, si son gastos poco significativos el riesgo fiscal es muy pequeño.
Espero que esto te ayude. Si tienes más consultas no dudes en plantearlas.

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