Desempleo

Hola:
Te cuento mi caso haber si me pudieras ayudar.
Embarazada de 6 meses cuando me quedaba 2 semanas antes de terminar mi contrato me dí de baja y entonces seguí cobrando, pero al no tener ya contrato, el dinero se me descontaba de mi desempleo (tenia 1 año cotizado, osea, 4 meses desempleo), con lo cual llegué a cobrar 3 meses, tuve a mi hija y luego pasé a cobrar mi baja maternal y entonces ¿ese mes que quedaba por cobrar de desempleo? ¿Ahora se me acumula para el siguiente año que tengo casi cotizado o lo he perdido? Alguien me dijo que cuando casi iba a terminar mi baja maternal tenia que haber avisado al inem para que seguidamente hubiera cobrado ese mes.
Espero me ayudes, gracias.
Respuesta
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No entiendo si Vd paso de la empresa a seguir percibiendo directamente de Seguridad Social y seguidamente percibió la prestación por maternidad, o llegó en algún momento a percibir prestación por desempleo, entre el alta de IT y la situación de maternidad,
Le ruego me aclare la situación para poder dar una respuesta correcta
Te explico, te pongo las fechas para que te pongas en situación y yo también me pueda aclarar.
-Estoy trabajando.
-Me doy de baja (15 sept más o menos)
-A las 2 semanas finaliza mi contrato (1 Octubre)
-Empiezo a cobrar IT hasta que nace mi hija (29 diciembre) porque desde 15 de septiembre hasta el 29 de diciembre sigo con ciática. A mí en ningún momento me dieron el alta, bueno se supone que en cuanto tienes el niño ya pasas directamente de la IT a la baja maternal.
-Empiezo a cobrar la baja maternal durante 4 meses.
-Yo lo que veo es que mis cartillas aparece:
. Cuando estoy de baja por enfermedad IT y a continuación mis ingresos
. Cuando estoy de baja maternal IT y a continuación mis ingresos.
Siempre aparece IT pero no especifica si es por enfermedad o por maternidad, aunque claro por las fechas yo deduzco ya que cual es.
-Como veo que ya no tengo más ingresos decido entonces echar mano al año que tengo cotizado y me dicen en la oficina del INEM que no tengo ya nada, que lo que tengo cotizado ya eso lo cobré estando de baja por IT sin contrato, de modo que yo el tiempo que pasó del 1 de Octubre al 29 de diciembre si lo sé pido el alta voluntaria y me hubiera quedado en mi casa y me ahorrado de tener que ir a mi médica de cabecera a pedirle el parte de baja todas las semanas y me hubiera ido entonces a la oficina del INEM y hubiera echado mi desempleo y me hubiera quedado tranquila porque tenia una ciática de caballo.
En mi cartilla no me aparece desempleo en ningún momento pero lo estaba cobrando sin enterarme con la IT sin contrato.
Espero haberte aclarado, gracias.
Efectivamente, al dar a luz cambia su situación a descanso de maternidad.
Cuando nació su hija, Vd solicitaría al Instituto Nacional de la ES Social la correspondiente prestación de maternidad, aportanto el informe medico de maternidad, debería de haber recibido la carta de aprobación de la, aternidad donde le indica la duración y la cuantía de esta, de no haberla recibido puede pedir un certificado en el INSS acreditativo de ello, la cuantía en este caso es del 100 por 100 de la base reguladora ( en IT es del 75 por cien)
Una vez agotada la prestación de maternidad, podría solicitar desempleo, y se le descontaría de su duración el periodo desde el 1 de octubre hasta ell 28 de diciembre (89 días) restándole por percibir 31 días de desempleo, y al agotar este solicitar el subsidio de agotamiento, (180 días prorrogables a 540) dependiendo del nivel de ingresos de la unidad familiar; lógicamente si no solicita desempleo, no se le descuenta nada
Perdona si pregunto tanto, entonces en cuanto solicite el desempleo cuando sea ¿me descontarán los días que cuenten desde el 1 de Octubr al 28 de diciembre? Y cobraré el resto hasta llegar a los 4 meses que conceden por año ¿es así?
Tampoco sabía yo lo del subsidio de agotamiento, que no entiendo muy bien pero bueno con que me contestes a mi pregunta que te he hecho me conformo.
Gracias Paquito.
No exactamente, si solicitas pasados 15 días después del agotamiento de maternidad, se descontaran ademas todos los días que transcurran por fuera de plazo.
Etnerese si tendira los requisitos del subsidio, por si le interesara agotar desempleo y acceder a el, o esperese a volver a trabajar y quedar en situación legal de desempleo, y solicitarlo en el plazo de los 15 días siguientes.
Perdona mi ignorancia, pero quiero que me quede claro:
Entonces como yo no solicité en ningún momento desempleo tengo los 4 meses, ¿por tener 1 año cotizado? O Confírmame si te he entendido bien. En cuanto lo solicite ¿me quitaran los días que se cuenten desde el 1 de octubre al 28 diciembre?, estoy hecha un lío.
Gracias
Así es, si no solicitas nada no se descuenta nada
Ayer se llegó mi hermana al INEM por mi y le dijeron que tengo unos 700 días cotizados, osea ya puedo decir que voy a tener 8 meses cobrando.
La prestación por desempleo tiene una duración variable dependiendo del tiempo cotizado, si Vd no ha percibido desempleo nunca, se le tendría en cuenta los días cotizados en los últimos 6 años anteriores a la situación de desempleo ( 30 de septiembre, según dice en su primer enunciado), correspondiendole 60 días de desempleo por cada 180 días cotizados con un máximo de 720 días de desempleo para 2160 días cotizados, y en su caso con el descuento de los 89 días de IT, a 700 días le corresponde 540 de desempleo (6 meses)
Si Vd percibió desempleo anteriormente y hace menos de 6 años, el periodo cotizado a tener en cuenta es a partir de aquel momento.
Muchísimas gracias por haberme aclarado mi gran duda, entiendes bastante del tema y siento no haberte contestado antes pero varias veces lo he intentado y algo fallaba que no se insertaba el mensaje.
Muchas gracias de nuevo, has sido muy amable y rápido en contestarme cada día.

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