¿Es legal transportar clientes en un turismo bajo la figura de Vehículo Privado Complementario?
Hola a todos,
Tengo una duda referente al transporte de personas en turismos de hasta 9
plazas, incluyendo el conductor...Estoy montando una empresa que se dedica al
turismo activo, y mi intención es llevar clientes
para realizar una actividad a las afueras de la ciudad, a donde no es posible
llegar salvo en vehículo privado.
Mi cuestión es la siguiente: Si no cobro precio alguno por el transporte, llevo un coche a nombre de la empresa y el conductor soy yo (ergo soy trabajador dado de alta de la empresa), ¿Es posible acogerse a la figura de "Vehículo privado complementario" o VPC prevista en el LOTT? En esa ley se aluden a "asisitentes" a los centros de trabajo, y me consta que algunas empresas que no se dedican al trnasportese escudan detrás de esa palabra para transportar gente en turismos.
Hay que tener en cuenta que en ningún caso mi empresa se dedica al transporte de personas, solo quiero llevar a gente a un lugar recóndito donde no entran buses. El servicio del taxi me costaría en torno a 250€ por cada 4 personas, es decir, imposible de asumir...
Muchas gracias por vuestra ayuda!