Concesión de caseta en mercado de abastos
Mediante contrato de arrendamiento por tres años con el Ayuntamiento a mi padre le concedieron la explotación de una caseta de embutidos en el mercado en abastos. En el año 1967. Tras su fallecimiento soy yo quien ahora la explota, pagando puntualmente las tasas que el ayuntamiento me gira.
Recientemente el concejal nos ha comunicado verbalmente a todos los comerciantes del mercado que tenemos que abandonarlo en 20 días porque allí van a construir un jubilado
¿Qué derechos tenemos?
Recientemente el concejal nos ha comunicado verbalmente a todos los comerciantes del mercado que tenemos que abandonarlo en 20 días porque allí van a construir un jubilado
¿Qué derechos tenemos?
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