Deuda fallecido
Buenas tardes, mi suegro falleció en el mes de febrero y tenia una préstamo con una financiera. Los recibos del mes de marzo y abril han sido devueltos or el banco porque la financiera no nos facilitaba el contrato. Una vez en nuestro poder el contrato y viendo que es correcto, nos ponemos en contacto con la financiera para pagar la deuda y nos dicen que tenemos que pagar no solo el principal, como pretendemos pagar, sino unos gastos por los recibos devueltos y unos intereses de demora del primer mes devuelto.
Mi pregunta es que si esto es correcto, y si podemos consignar la cantidad principal en algún lugar ( un juzgado)para evitar que los intereses sigan subiendo si la financiera tiene derecho a cobrarlos. Que conste que me parece una inmoralidad que la financiera quisiera cobrar un solo euro de más a consta de unos herederos de un fallecido.
Un saludo y gracias por adelantado
Mi pregunta es que si esto es correcto, y si podemos consignar la cantidad principal en algún lugar ( un juzgado)para evitar que los intereses sigan subiendo si la financiera tiene derecho a cobrarlos. Que conste que me parece una inmoralidad que la financiera quisiera cobrar un solo euro de más a consta de unos herederos de un fallecido.
Un saludo y gracias por adelantado