Gastos de la escalera en Cataluña

Me he enterado leyendo en "tus derechos" de la revista Pronto de que los propietarios deben contribuir al mantenimiento y conservación de los elementos estructurales del edificio, pero no a gastos de iluminación o limpieza de la escalera en los casos en que no tienen acceso a ella. En el supuesto de que tengan acceso a la escalera deben contribuir a todo, pues pueden beneficiarse de todos los usos. Esto es en el caso de Córdoba, en Cataluña, ¿también es así?

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