¿Cuándo prescribe el levantamiento de bienes?
En enero del 2008 vendí la empresa y como medio de pago me dieron unos pagarés, cuyos vencimientos mensuales acaban en enero de 2030, me pagaron los 12 meses de 2008 y 6 meses de 2009, la empresa por esas fechas ya iva muy mal, pero el avalista de los pagares tenía propiedades, digo que tenía, porque en junio de 2009 casualmente su mujer crea una empresa a la que el avalista aporta todo su patrimonio consistente en varios pisos, plazas de garaje y otras propiedades y ami, me dejan de pagar.
Como tengo muchos pagares aún por cobrar, temo que prescriba el delito de levantamiento de bienes y consecuentemente no pueda exigir su cobro.
Durante este todo este tiempo no he presentado ningún pagaré al cobro atendiendo a la promesa del avalista que me pagará cuando mejore su situación financiera, pero temo que sea una maniobra para que prescriba el delito de levantamiento de bienes.
Pregunta 1ª : Puedo reclamar los pagarés no cobrados ni presentados al cobro y vencidos desde junio de 2009 hasta la fecha de hoy?.
Pregunta 2ª : Que hago con los pagarés con vencimientos mensuales hasta 2030?.
Agradecería una respuesta.
Saludos cordiales.