Servidumbre

Vamos a hacer una casa que linda con la de un vecino. En la pared común hay una pequeña ventana que no esta en muro medianero, es decir, está en su muro. Creemos que por esta circunstancia podemos cerrársela, aunque nuestra intención es dejarle un respiradero. Ahora nos ha dicho el vecino que cuando se hizo esa ventana tanto su solar como el nuestro eran del mismo dueño. Mi pregunta es ¿para qué él se pueda acoger a este supuesto, debe´demostrar sólo que las dos casas pertenecieron al mismo dueño, o también que la ventana se hizo durante esa circunstancia? Si no pudiera demostrarlo, ¿tendríamos derecho a tapársela?

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