Despido

Hola buenas tardes!
La empresa en la que trabajo no tiene casi trabajo, nos ha mandado a todos de vacaciones 15 días pero si cuando regresemos no hay trabajo nos van a despedir. Se dedica a la construcción. Lo que quisiera saber que tipo de despido es, supuestamente si no hay trabajo el despido en la construcción es el 7% dependiendo de la categoría, pero es que yo en nomina cobro mucho más que según convenio por lo que no se de donde calcularía esa cantidad.
Gracias
Respuesta
1
Por lo que dices, tu contrato es de obra o servicio, ¿verdad? Y lo que te harían seria un fin de obra, pero...¿Estabas en una sola obra? ¿Has pasado por varias obras?
Lo del 7% es sobre los conceptos salariales para tu categoría, por lo que las mejoras voluntarias, o lo que se clasifique como comp, lemento a bruto, no se consideraría para la indemnización del 7 %
Confírmame lo de las obras para que te omente alguna otra cosa... por si tu contrato no fuese legal.
Mi contrato es por obra, pero hay una clausula en la que pone que "el centro de trabajo puede variar dependiendo de las necesidades organizativas de la empresa" por lo que he pasado por varias obras.
Entonces aunque en mi nomina ponga salario base 1400, plus de transporte 150 y plus de ropa 50 que son superiores al convenio. Voy a cobrar la indemnización del 7% de la cantidad del convenio, ¿no?
No, lo que vas a hacer, si quieres, es demandarles por despido improcedente, porque a pesar de que en el contrato ponga eso, deben de notificar todos y cada uno de los centros de trabajo por los que pasas, con direcciones incluidas.
SI no quieres demandar... pues simplemente.. si, cobraras el 7% de los conceptos de convenio... más los 8 días por año que se establece para fin de obra
¿Dónde tienen que comunicar los centros de trabajo, al inem?
Pensé que la indemnización por final de obra era el 7% solo, no que también fueran 8 días por año. En el convenio creo que solo habla del 7%.
¿Tengo un compañero que el contrato es indefinido también seria igual?
Gracias
No, el indefinido ya es indefinido y su despido serian o 20 días por año si es despido objetivo o improcedente. A un indefinido no pueden tirarle por fin de obra.
El 7% es una indemnización especial del convenio de construcción que no suple a la indemnización por fin de obra.
Habla con un abogado o asesor laboral de tu ciudad... siendo como me dices... tienes mucho que ganar y poco que perder.
Si tienes más consultas hazlas, sino, recuerda puntuar y cerrar.

Añade tu respuesta

Haz clic para o

Más respuestas relacionadas